Las vacaciones son un derecho irrenunciable y deben disfrutarse. Sólo en caso de extinción de la relación laboral se pagan. Pero, ¿hasta cuánto tiempo atrás se pueden reclamar?
Claves tras la STSJ de Galicia n.º 829/2026 de 24 de febrero

Una de las dudas más habituales en Derecho Laboral es:
¿Puedo reclamar vacaciones no disfrutadas de años anteriores?
Aunque el art. 59.1 del Estatuto de los Trabajadores prevé la prescripción de cantidades no reclamadas por 1 año, la STSJ de Galicia n.º 829/2026, basándose en normativa y jurisprudencia europeas, ha determinado que se pueden exigir más allá de ese plazo, con ciertos condicionantes.
Vacaciones no disfrutadas: la regla general
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que:
– Las vacaciones no se pueden sustituir por dinero
– Deben disfrutarse dentro de la relación laboral
Excepción:
Cuando finaliza el contrato, las vacaciones no disfrutadas deben abonarse.
En este caso, el trabajador fue despedido y reclamó la improcedencia + las vacaciones devengadas y no disfrutadas de los cinco años anteriores.
¿Prescriben al año? El criterio del TJUE
Tradicionalmente:
- 1 año para reclamar (art. 59.1 ET)
- Si no se reclama, se pierde el derecho
Sin embargo, el TJUE ha introducido un matiz clave:
La prescripción no se aplica automáticamente si la empresa no ha permitido el disfrute efectivo de las vacaciones.
Caso real: vacaciones de 2019 a 2024
En la sentencia analizada:
- El trabajador es despedido
- Reclama vacaciones no disfrutadas entre 2019 y 2024
- El TSJ de Galicia le da la razón
Resultado: 5.878,92 € como compensación tras la extinción del contrato
La clave: la empresa debe actuar (y probarlo)
El tribunal establece que:
- No basta con que el trabajador no reclame
- Es la empresa quien debe garantizar el ejercicio del derecho
Esto implica:
- Informar de forma clara
- Incitar activamente al disfrute
- Poder acreditarlo
Qué NO es suficiente
– Publicar el calendario de vacaciones en el tablón de la empresa
– Esperar a que el trabajador lo solicite
– Alegar que no reclamó en plazo
Nada de esto demuestra diligencia empresarial

¿Cuándo se pierde el derecho?
Solo si la empresa demuestra que el trabajador:
- Podía disfrutar las vacaciones
- Fue informado correctamente
- Y decidió no hacerlo voluntariamente
Consecuencias prácticas
Las vacaciones no disfrutadas pueden acumularse durante años y convertirse en una compensación económica relevante al finalizar el contrato.
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