Las vacaciones son un derecho irrenunciable y deben disfrutarse. Sólo en caso de extinción de la relación laboral se pagan. Pero, ¿hasta cuánto tiempo atrás se pueden reclamar?

Claves tras la STSJ de Galicia n.º 829/2026 de 24 de febrero

Una de las dudas más habituales en Derecho Laboral es:

¿Puedo reclamar vacaciones no disfrutadas de años anteriores?

Aunque el art. 59.1 del Estatuto de los Trabajadores prevé la prescripción de cantidades no reclamadas por 1 año, la STSJ de Galicia n.º 829/2026, basándose en normativa y jurisprudencia europeas, ha determinado que se pueden exigir más allá de ese plazo, con ciertos condicionantes.


Vacaciones no disfrutadas: la regla general

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que:

– Las vacaciones no se pueden sustituir por dinero
– Deben disfrutarse dentro de la relación laboral

Excepción:
Cuando finaliza el contrato, las vacaciones no disfrutadas deben abonarse.

En este caso, el trabajador fue despedido y reclamó la improcedencia + las vacaciones devengadas y no disfrutadas de los cinco años anteriores.


¿Prescriben al año? El criterio del TJUE

Tradicionalmente:

  • 1 año para reclamar (art. 59.1 ET)
  • Si no se reclama, se pierde el derecho

Sin embargo, el TJUE ha introducido un matiz clave:

La prescripción no se aplica automáticamente si la empresa no ha permitido el disfrute efectivo de las vacaciones.


Caso real: vacaciones de 2019 a 2024

En la sentencia analizada:

  • El trabajador es despedido
  • Reclama vacaciones no disfrutadas entre 2019 y 2024
  • El TSJ de Galicia le da la razón

Resultado: 5.878,92 € como compensación tras la extinción del contrato


La clave: la empresa debe actuar (y probarlo)

El tribunal establece que:

  • No basta con que el trabajador no reclame
  • Es la empresa quien debe garantizar el ejercicio del derecho

Esto implica:

  • Informar de forma clara
  • Incitar activamente al disfrute
  • Poder acreditarlo

Qué NO es suficiente

– Publicar el calendario de vacaciones en el tablón de la empresa
– Esperar a que el trabajador lo solicite
– Alegar que no reclamó en plazo

Nada de esto demuestra diligencia empresarial


¿Cuándo se pierde el derecho?

Solo si la empresa demuestra que el trabajador:

  • Podía disfrutar las vacaciones
  • Fue informado correctamente
  • Y decidió no hacerlo voluntariamente

Consecuencias prácticas

Las vacaciones no disfrutadas pueden acumularse durante años y convertirse en una compensación económica relevante al finalizar el contrato.


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